jueves, 4 de octubre de 2012

Concepto y característica del Derecho Informático

Concepto de derecho informático




Conceptualizar por el variado número de peculiaridades y muy a pesar de los opuestos puntos de vista que pudiera provocar, podemos decir que el Derecho Informático es una rama de las ciencias jurídicas que contempla a la informática como (informática jurídica) y como objeto de estudio (derecho de la informática).


En función de lo anterior, es notorio que la clasificación de dicho Derecho Informático obedecerá a dos vertientes fundamentales: la informática jurídica y el derecho de la informática.



Pues también se han buscado una serie de términos para el Derecho Informático como Derecho Telemático, Derecho de las Nuevas Tecnologías, Derecho de la Sociedad de la Información, Iuscibernética, Derecho Tecnológico, Derecho del Ciberespacio, Derecho de Internet, etc.



Conclusión es; un conjunto de principios y normas que regulan los efectos jurídicos nacidos de la interrelación entre el Derecho y la informática, a la vez se considera que el Derecho Informático es un punto de inflexión del Derecho, puesto que todas las áreas del derecho se han visto afectadas por la aparición de la denominada Sociedad de la Información, cambiando de este modo los procesos sociales y, por tanto, los procesos políticos y jurídicos.















Bibliografía

Valdéz, J. T. (2009). conceptos y antedecentes del derecho informático. En J. T. Valdéz, Derecho informático (pág. pag.78). México: Mc Graw Hill.





Características del Derecho Informática


El Derecho Informático, como ya vimos, está constituido por un conjunto de normas y principios, destinados a la regulación de las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones. De esta manera, para la doctrina, este Derecho reúne tres características esenciales, que son claramente explicados por Edgar Salazar Cano, de la siguiente forma:



1) No se encuentra sectorizado o ubicado en una sola actividad, sino que es amplio y general, debido a que la informática se aplica en numerosos sectores de la actividad socioeconómica;



2) Su unidad viene dada por la originalidad técnica, impuesta por el fenómeno informático;



3) Es un derecho complejo, porque los aspectos técnicos de la informática, en su interrelación con el Derecho, recaen sobre diversas ramas o especialidades jurídicas.



Así, el carácter interdisciplinario que caracteriza al Derecho Informático ha producido un amplio debate, entre los autores que lo entienden, como un conjunto de normas dispersas de varias disciplinas jurídicas, y aquellos que lo consideran como un sistema unitario de normas, destinadas a regular un objeto determinado, con una metodología propia y como una rama del Derecho autónoma.



Creemos que el carácter interdisciplinario del Derecho Informático, no le quita su característica de ser una rama del Derecho distinta y con autonomía de otras. En nada obsta a esta consideración, la circunstancia de que utilice contenidos proporcionados por las otras ramas del Derecho, debido a que lo concluyente en este tema, es su capacidad para sistematizar y unificar la multiplicidad de elementos relacionados con el fenómeno informático, y de esta forma, constituirse en un sistema orgánico y unitario.



Indiscutiblemente, puede resultar difícil apreciar tal autonomía en países con un discreto desarrollo tecnológico, pero, sin duda, en aquellos más industrializados, la informática penetró de tal manera en la vida social, que influyó en forma decisiva en el desarrollo socioeconómico de dichos pueblos. Creemos que "el desarrollo tecnológico es determinante para el surgimiento de esta nueva rama en una sociedad, ya que en la medida en que se vaya incorporando en las labores de las personas, en el trabajo, en la forma de comunicarse, el manejo de la información a través de los sistemas informáticos, hará surgir la necesidad, en ese grupo social, de regulación de las conductas nuevas, formándose una nueva rama autónoma"



lo anterior, debemos agregar que, el desarrollo de las nuevas tecnologías de la información y de las comunicaciones, es fuente material del Derecho, es decir, aquel factor que directa o indirectamente concurre a la génesis del Derecho.



De esta manera, el uso de esta tecnología va generando conductas nuevas, que son asumidas y luego, reguladas por el ordenamiento jurídico. Finalmente, esa necesidad social se expresa en una ley, pasando a constituir una fuente formal del Derecho, esto es, aquella forma o cauce en que el Derecho Positivo está contenido y se manifiesta en la vida social


documento para retroalimentar.
http://www.slideserve.com/bona/importancia-del-derecho-inform-tico






Referencia
Cano, E. S. (1999). caracteristica del derecho informático. España: Jurídicas.

Gallo, J. I. (2002). Introducción al derecho. Chile: Jurídica.

Valdéz, J. T. (2009). conceptos y antedecentes del derecho informático. En J. T. Valdéz, Derecho informático (pág. pag.78). México: Mc Graw Hill.



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